RETENCIONES DE IMPUESTOS

¡QUÉ NO TE AGARREN EN CURVA!

...
...
IMPORTACIONES
...
COMPLEMENTO DE PAGO
...
MÉTODOS DE PAGO
...
RETENCIONES DE IMPUESTOS
...
VIÁTICOS DEDUCIBLES
...

Entender las retenciones de impuestos es clave para cumplir con tus obligaciones fiscales y evitar problemas con el SAT. Estas retenciones representan el dinero que la autoridad fiscal recauda por cada ingreso de una persona física, a través de la empresa que le otorga dicho ingreso. Este proceso ocurre en el momento en que se paga la operación. Por ahora, no existe la obligación de que una persona física le retenga impuestos a otra persona física.

Retención del ISR

La retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) se realiza aplicando la tasa est

ablecida por la Ley del ISR sobre el monto total de los ingresos, antes de agregar el IVA. Por ejemplo, cuando una persona física que pertenece al régimen de actividad empresarial y servicios profesionales prest

a un servicio profesional independiente que requiere título profesional, se aplica una retención del 10% de ISR. En cambio, si una persona física está inscrita en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y realiza operaciones con empresas (personas morales), la retención aplicable es del 1.25%.

Cuando una persona física realiza actividades a través de plataformas tecnológicas, también aplica una retención del ISR. Los porcentajes varían según el tipo de actividad:

  • 4% para servicios de hospedaje.
  • 2.1% para transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes.
  • 1% para ventas de bienes o prestación de servicios.

Retención del IVA

Para el Impuesto al Valor Agregado (IVA), se aplica la tasa del 16% al monto correspondiente de la operación total. Sin embargo, en ciertos casos, se realizan retenciones específicas, como las dos terceras partes del IVA cuando una persona física presta servicios de comisión o servicios profesionales independientes (por ejemplo, arquitectos, contadores, abogados, dentistas, ingenieros y médicos) a una persona moral.

Por otro lado, una retención del 4% de IVA aplica cuando se prestan servicios como autotransporte de bienes o transporte de mercancías a una empresa. Cabe destacar que, según un decreto del SAT, los servicios de mensajería y paquetería están excluidos de esta disposición.

En situaciones específicas, como la compra de desperdicios industriales o la adquisición o renta de bienes tangibles de extranjeros sin establecimiento permanente en México, se puede realizar la retención del 100% del IVA.

Retenciones en plataformas tecnológicas

Los intermediarios extranjeros que conectan a contribuyentes con compradores también están obligados a realizar retenciones. Si el residente en el extranjero actúa como intermediario, deberá retener el 50% del IVA sobre la operación. 

En caso de que el contribuyente no proporcione su RFC, la retención será del 100%. Es importante mencionar que esta retención aplica únicamente para cobros realizados con tarjeta; en los pagos en efectivo, el contribuyente debe reportar y pagar directamente el IVA.

Si aún tienes dudas sobre cómo gestionar correctamente las retenciones de impuestos, en Planeta Fiscal estamos listos para ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales sin complicaciones.